¿SORTU o BILDU PUEDEN SER UN PARTIDO POLITICO EN ESPAÑA?

Autores/as

  • Emb. José Araneo

Resumen

Recientemente la sala especial del Tribunal Supremo de España ha vuelto a denegar la inscripción de SORTU en el Registro de Partidos Políticos por unanimidad, y razones formales, lo que habilitará la interposición del recurso al Tribunal Constitucional.

El auto del Tribunal anterior, que fuera adoptado por una resolución mayoritaria de 9 a 7 magistrados, sostuvo que la nueva organización pretendía suceder en su actividad a la ilegalizada Batasuna con el fin de presentarse a las elecciones autonómicas y municipales del próximo 22 de mayo. Señaló además que lo que se pretendía era aprovechar las ventajas electorales, como obtener subvenciones y el manejo de presupuestos municipales y autonómicos.

Mientras, la minoría expresó su voto discrepante basado principalmente en que “no han logrado discernir que el nuevo partido político constituye, de intento al menos, de una parte del mundo abertzale de que en el país vasco sean defendidas determinadas aspiraciones independentistas, por vías estrictamente políticas, abandonando la violencia y toda connivencia con ella”. Asimismo la minoría discrepante expresó claramente que “no cabe la ilegalización preventiva”. En relación a la discusión sobre “rechazo” y “condena” del terrorismo, señalan que ambas palabras son eficaces para expresar el apartamiento de la violencia y no se acepta, asimismo, que el rechazo se formule a hechos del pasado, cuando el Constitucional no se lo exige.

El terrorismo de ETA es el capítulo más triste de la historia española desde la transición en los años setenta. Casi mil personas fueron asesinadas por la banda terrorista en el marco de una España democrática. El combate por parte de la casi totalidad de los partidos políticos mediante un pacto especial de combate al terrorismo señala claramente la condena de la sociedad española al movimiento etarra.

Esto hace que cualquier elemento vinculado a esta materia resulta de enorme sensibilidad política, lo que se manifiesta en el presente caso por la mayoría del Tribunal Supremo.

Los nueve magistrados de dicho Tribunal consideran que Sortu pretende suceder a la ilegalizada Batasuna, para lo cual ejecuta una estrategia fraudulenta. Señalan que dicha estrategia de ley fue diseñada por ETA en el 2009, y ejecutada en connivencia con Batasuna, utilizando a Sortu como pantalla para presentarse en las próximas elecciones comunales y municipales. Además, se subraya que las recientes declaraciones de los movimientos abertzales criticando el recurso de la violencia de los etarras pretende reforzar su credibilidad con nuevos argumentos.

Diferentes profesores de derecho, abogados y periodistas se han dividido en relación a la sentencia del Tribuna Supremo.

Resulta claro para la mayoría de los expertos que el derecho de participación política es el derecho constitutivo de la igualdad, derecho a través del cual se hace real y efectivo el principio de legitimación democrática del poder.  La crítica con mayor base jurídica es que existe un principio consolidado en la interpretación de la norma en general, y en particular en la interpretación constitucional, que debe ser siempre más favorable al ejercicio de los derechos fundamentales en el sentido que debe favorecerse, y no obstaculizarse, el ejercicio de los derechos que la Constitución reconoce.

Asimismo varios juristas señalan que el registro de partidos no supone un “cheque en blanco” dado que puede establecerse un recurso contencioso electoral y posteriormente uno de amparo si su conducta estuviera tipificada por la ley de partidos que señala la ilegalización del mismo.

No hay duda que políticamente es explicable que luego de muchos años de terrorismo y no cumplimiento por parte de ETA de sus treguas, se cree una desconfianza razonablemente fundada cuando surge la presentación de un nuevo partido de la izquierda abertzale. Es decir: políticamente es muy explicable la oposición a su legalización, aunque sea muy difícil de aceptarlo jurídicamente. Todo esto se produce además, en un contexto de un Poder Judicial español muy politizado, en especial los integrantes de los diferentes Tribunales de justicia, cuyos miembros aparecen públicamente denominados como ‘conservadores’ , ‘moderados’ o ‘ progresistas’, y actúan muy vinculados a los partidos políticos.

Toda esta problemática está lejos de darse por terminada con la reciente decisión judicial: días atrás se presentó por parte de la izquierda abertzale una nueva agrupación política denominada Bildu. El gobierno ha expresado que ella será “examinada con lupa”, en particular sus integrantes, a los efectos de asegurarse que gente vinculada con ETA no se encuentre en sus listas.  Este tema, por tanto, está lejos de haber quedado cerrado con la decisión del Tribunal y merecerá, seguramente, nueva atención más adelante.


*Escritor, Periodista, Analista Internacional, Ex Embajador.

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Publicado

2011-05-05

Número

Sección

Política internacional