CRISIS ECONÓMICA Y TRANSFORMACIÓN DEL MODELO DE DESARROLLO CAPITALISTA. UNA INTERPRETACIÓN REGULACIONISTA - Parte I

Autores/as

  • Ignacio De Angelis

Resumen

El presente artículo busca constituirse como un aporte para la discusión en torno a las distintas interpretaciones de la actual crisis del sistema internacional. Se trata de presentar las causas sistémicas de la crisis que exceden las particularidades financieras que externalizaron la condición de crisis en 2008 (crisis de hipotecas subprimes en EE.UU.); es decir, exponer aquellas causas profundas que están institucionalizadas desde las bases del actual régimen de acumulación “patrimonial financiero” y que frecuentemente no aparecen en el debate en torno a la más reciente crisis del capitalismo.

En particular, se adopta y se expone la perspectiva de la teoría de la regulación para el análisis y caracterización del modelo de desarrollo capitalista en su evolución reciente hasta su crisis.

La crisis y los ciclos económicos

Toda interpretación de la realidad es un acontecimiento parcial cargado de subjetividades. Las distintas interpretaciones sobre la crisis actual reflejan este recorte de representación ideológica en defensa o en ataque de un conjunto de intereses concretos y no siempre visibles. Frente a ello, y en nombre del conocimiento científico como manto sobre “la verdad revelada” por la ciencia, se construyen teorías que intentan condicionar comportamientos, construir realidades, y frecuentemente negar hechos de la realidad que expresan esos conflictos originarios.

Dentro del universo de conjeturas sobre la crisis se pueden identificar dos polos de interpretación.

Por un lado, la teoría neoclásica que resta entidad al concepto de crisis asociándola a un ciclo recesivo que viene después de una etapa de crecimiento en un régimen estable. Este tipo de interpretaciones resultan reduccionistas y ocultan las causas sistémicas de las crisis. De esta manera, la teoría neoclásica resta importancia al origen y evolución de las crisis asociando un evento disparador como una distorsión de ese régimen estable (Miotti, 2012).
Por su parte, las teorías deterministas dentro de la corriente marxista sostienen que el capitalismo es en sí mismo un sistema en constante conflicto, cuya irremediable crisis final es la desaparición del propio régimen de acumulación capitalista (Beinstein,2009).

La escuela de la regulación ofrece una interpretación intermedia, estableciendo una división conceptual entre las crisis coyunturales y aquellas de carácter estructural (Boyer, 1986). Estas interpretaciones intermedias incorporan críticamente elementos de las visiones neoclásicas y del marxismo.

Breve conceptualización de los modelos de desarrollo y sus crisis

El modelo de desarrollo constituye el elemento central de análisis de la escuela regulacionista. Es concebido como el resultado de “la articulación específica de un régimen de acumulación del capital y de un modo de regulación dentro de cada formación social” (Neffa, 2006: 302). Los modelos de desarrollo resultantes de esta articulación adquieren características muy diversas de acuerdo a la configuración de cada uno de sus elementos. Los regulacionistas sostienen que las crisis de los modelos de desarrollo son intrínsecas e inevitables (aunque se presentan en distinto grado) y surgen como resultado del desajuste entre la evolución del régimen de acumulación y el modo en que éste está regulado. La necesidad de formar nuevos sistemas de regulación, que acompañen los cambios de los sistemas de producción y consumo va determinando a su vez nuevas formas de acumulación, que inevitablemente entrarán en crisis por nuevos desajustes. De esta forma, en un contexto de crisis cíclicas, el capitalismo sobrevive transformándose.

El modo de acumulación se constituye, entonces, a partir de las condiciones históricas y sociales de las estructuras económica, política y social en cuanto a la producción y el consumo. Desde allí, la teoría de la regulación analiza la realidad de las estructuras de producción y organización social, es decir, las estructuras productivas y financieras, las relaciones comerciales y las formas de organización del trabajo.

Por su parte, el modo de regulación refiere a las reglas y normas sociales que controlan y terminan de definir el régimen de acumulación. Principalmente, desde su interacción con los distintos agentes económicos y no económicos que participan en él, generando un conjunto de regularidades sobre el cual se constituye el funcionamiento que permite la adecuación a largo plazo de las dinámicas y condiciones de la producción y del consumo (Neffa, 2006).
El modo de regulación estará determinado por las formas institucionales y estructurales que promueven, condicionan o restringen comportamientos en una sociedad, permitiendo la reproducción de una estructura dominante y de las relaciones sociales fundamentales (Boyer, 2007).

La idea regulacionista de crisis

La escuela de la regulación ofrece una interpretación específica respecto del concepto de crisis, estableciendo una división conceptual entre las crisis coyunturales y aquellas de carácter estructural (Boyer, 1986).

Siguiendo esta clasificación, las crisis coyunturales son aquellas donde el modelo de desarrollo encuentra en su modo de regulación la capacidad para salir de la crisis sin poner en juego su institucionalidad. Por su parte, las crisis estructurales son aquellas que ponen en juego al propio régimen de acumulación y sus formas institucionales de regulación, no siendo capaces de retomar el crecimiento, y que por lo tanto requieren una nueva institucionalización que dará lugar a un modelo de desarrollo distinto.

De forma que en las primeras la crisis se manifiesta como respuesta frente a los ciclos económicos o la perturbación externa, mientras que en las estructurales la crisis endógena es de mayor profundidad, resultado de perturbaciones en las formas institucionales o en el modo de producción y acumulación que se ponen en juego (Miotti, 2012).
 

Ignacio De Angelis es Doctorando en Ciencias Económicas
NICEN – CEIPIL/CIC- CONICET
Maestreando en Ciencia, Tecnología y Sociedad

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Publicado

2014-06-20

Número

Sección

Comercio y economía internacional